Las últimas publicaciones que realizó Cristina Kirchner apuntaron contra la Corte Suprema de Justicia. No por nada: este 2025 será el máximo tribunal el que resuelva si la ex vicepresidenta queda inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos y si deberá cumplir los seis años de prisión que le corresponden frente a la condena del caso Vialidad. En pleno proceso electoral, la decisión será determinante. No es lo único, deberá afrontar diversos juicios orales en Comodoro Py en causas por presuntos hechos de corrupción.
Previo al inicio de la feria judicial de verano, por unanimidad los ministros de la Corte Suprema firmaron dos fallos relevantes para el futuro judicial de Cristina Kirchner: confirmaron que deben realizarse los juicios orales en dos expedientes centrales. Cuando los fallos se conocieron la ex vicepresidenta no dijo nada al respecto.
El principal pronunciamiento fue respecto al último acuerdo del año celebrado el 27 de diciembre, donde se le otorgó al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el poder de revisión en las decisiones de la justicia nacional porteña. Esto sienta un precedente importante en el caso de la quiebra del Correo Argentino, de la familia de Mauricio Macri. Cristina Kirchner habló de un fallo “inédito, escandaloso e inconstitucional”.
Por delante, la ex vicepresidenta sabe que le queda un calendario judicial que combinará juicios orales y la espera de un fallo determinante por parte del máximo tribunal.
Hotesur – Los Sauces
Estas causas que se instruyeron por separado, pero se unificaron cuando se elevaron a juicio oral, tienen en común a 13 de los 16 imputados y para la justicia federal se trata de un mismo modus operandi, sólo que con compañía de diverso origen: Hotesur, una firma hotelera y Los Sauces, una inmobiliaria.
En los expedientes se determinó que esas compañías no tenían giro comercial real y que habían sido utilizadas como pantallas para operaciones de blanqueo. La causa se cerró por decisión de dos jueces del Tribunal Oral Federal 5, Daniel Obligado y Adrián Grunberg. Sólo la jueza Adriana Pallioti fue quien sostuvo en un voto minoritario que la mejor instancia de defensa para los acusados era el debate oral.
Ese fallo que había favorecido a Cristina se revirtió hace más de un año y medio, cuando la Sala I de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, resolvieron que el juicio oral y público debía celebrarse. Por ese motivo, la ex vice acudió ante la Corte Suprema con la pretensión de dar vuelta ese fallo y evitar estar sentada, nuevamente, en el banquillo de los acusados.
El máximo tribunal dijo que no había fundamentos para hacer lugar al recurso extraordinario presentado por Carlos Beraldi, el abogado de la ex vicepresidenta, y ordenaron que el proceso penal continúe su curso. Esto es, la realización del juicio en el que deberá responder por los delitos de asociación ilícita (en carácter de jefa y su hijo Máximo como organizador) y lavado de dinero.
La causa regresó a Comodoro Py y el Tribunal conformado por la jueza Pallioti, José Michilini (que sobreseyó a Cristina en el Pacto con Irán) y Nicolás Toselli, debe resolver primero una serie de medidas de prueba que había requerido el fiscal general, Diego Velasco, de cara al debate oral, y fijar fecha para que comience el mismo.
Fuentes judiciales señalaron a Clarín, que el TOF 5 “no debería demorarse mucho en decidir cuándo comenzará el juicio de Hotesur-Los Sauces porque ya están proveídos los testigos, las pruebas incorporadas y demás”. El expediente, según pudo confirmar este medio, ya se encuentra ingresado nuevamente en el Tribunal.
Una semana antes de la decisión de que se realice el juicio en los casos Hotesur-Los Sauces, la Corte había fijado el mismo criterio en la causa por la firma del Pacto con Irán, que comenzó con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman.
En dicho expediente a Cristina se le atribuyó el delito de encubrimiento agravado del atentado de la AMIA por la firma del Memorándum de Entendimiento. Después de la reapertura del expediente, la ex vice acudió a la Corte donde le recordaron que el recurso presentado no es sobre una sentencia definitiva.
Asimismo, en el fallo firmado por unanimidad, los ministros de la Corte señalaron -tal como habían indicado los jueces de la Casación- que no alcanza con decir que se está ante un acto de gobierno y que como tal, no es materia judiciable. El máximo tribunal expresó que en el juicio oral y público se trata de determinar si hay responsabilidad penal -o no- en las instancias paralelas que se abrieron para la firma del Pacto, las acciones e intenciones detrás de dicha medida, y que no se está juzgando una política de Estado.
El expediente ya está en el Tribunal y a diferencia de la causa enfocada en las empresas de la familia Kirchner, en el Pacto con Irán sólo debe fijarse la fecha de inicio del debate, ya que se encuentra proveída la prueba, y se aceptaron más de 300 testigos para que declaren a lo largo del juicio.
«Cuadernos de las coimas»
En medio de estas decisiones firmadas por la Corte Suprema, el Tribunal Oral Federal 7 firmó la resolución a través del cual se fijó la fecha de inicio del juicio para el caso Cuadernos de las Coimas. Una vez más, la principal acusada es Cristina Kirchner.
La causa penal calificada por los investigadores como la de “mayor envergadura en materia de corrupción de los últimos 20 años”, se encuentran imputadas un total de 147 personas, mayoritariamente empresarios. Bajo investigación estuvo un circuito de sobornos que pagaban contratistas del Estado para garantizarse obra pública, contratos, concesiones, entre otros.
El juicio comenzará el 6 de noviembre de 2025 cuando los resultados electorales ya estén más que determinados. Previo a eso, es posible que alguno de los otros juicios (Hotesur o Pacto con Irán) tengan fecha de inicio.
Pese a ese calendario de juicios por presuntos hechos de corrupción, la ex vicepresidenta sabe que una de las decisiones más relevantes está en manos de la Corte Suprema.
En febrero vencerá el plazo para que todas las partes apelen el criterio adoptado por la Sala IV, que confirmó la sentencia del caso Vialidad donde Cristina está acusada de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, un daño estimado en 80.000 millones de pesos. Junto con la pena a seis años de prisión, la sentencia incluye la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.
La condena por corrupción será de efectivo cumplimiento sólo cuando la Corte Suprema se pronuncie al respecto. También, el máximo tribunal puede revocar ese fallo y ordenar otra sentencia. El Ministerio Público Fiscal acudirá ante dicha instancia porque insiste en que la ex presidenta debe recibir una pena mayor, que contemple el delito de asociación ilícita en carácter de jefa, lo que equivale a doce años de cárcel.