miércoles, 16 julio, 2025

La colonización sionista del Poder Judicial. O cuando los pensamientos delinquen

Compartimos este artículo del compañero Ismael Jalil, abogado y parte de la defensa junto a María del Carmen Verdú, en la causa que la DAIA está llevando adelante contra Alejandro Bodart.

No es extraño que lo oculten. Ellos que se autorreferencian con una presunta espiritualidad originada en tiempos inmemoriales. Son usurpadores. En primer lugar, de los semitas en general, ya que no provienen de Sem (hijo de Noé) y tampoco son originarios de las cuencas de los ríos Nilo, Éufrates y Tigris, sino del sureste de la Rusia europea y se convirtieron al judaísmo (religión) un par de siglos después de su aparición como tribus de Ucrania, Kazajistán y Crimea. Más adelante usurparon la condición de judíos y pretendieron invocar la religión de esos hijos de Sem que les asimilaba. Y finalmente usurparon Palestina.

Esta referencia histórica sobre los jázaros que inventaron el sionismo no se debe confundir. No es correcto analizar el genocidio que el Estado israelí está llevando a cabo sobre el pueblo palestino desde la falsa hipótesis del antisemitismo. Si lo hiciéramos, caeríamos en la trampa que el propio sionismo ha tendido a la humanidad cuando despliega sus ardides para mostrarse como lo que no son. Que hayan usurpado la sagrada condición de judíos los blindó. Se amparan en el Holocausto, lo usan, que es el más repugnante modo de relativizar uno de los mayores agravios que recibiera la condición humana.

El antisemitismo es la máscara que utilizan para reeditarlo sin que nadie pueda levantar la voz ni señalar su hipocresía, porque de hacerlo de inmediato salta la botonera del aparato judicial convenientemente colonizado para perseguirlo con visos de legalidad.

En Argentina la sincronía es absoluta. Coincidencia general entre la DAIA (brazo ejecutor de las políticas y propaganda sionista) que denuncia, el Poder Judicial que enseguida aplica el art 3ro de la ley 23592 (contra la discriminación y el racismo), los medios hegemónicos de comunicación que banalizan la información, los partidos políticos tradicionales que avalan con su impúdico silencio y naturalmente el Poder Ejecutivo que alfombra al sionismo y se vanagloria de ello.

Por eso cobran especial relevancia las causas seguidas a Alejandro Bodart y Vanina Biasi, ambos referentes de la izquierda (la única expresión política electoral argentina que ha tenido un incondicional alineamiento con la causa Palestina y han denunciado explícitamente al sionismo del Estado israelí como responsable de genocidio, apartheid y racismo).

Como en ningún otro caso estas causas son el reflejo del bozal que quieren instalar para encubrir los crímenes nazis del ente sionista. Y de paso, para que el mundo piense que la historia empezó el 7 de octubre de 2023.

Les está saliendo mal

Cuando Bodart denuncia y repudia el crimen de Shiren Abu Akleh, la periodista de la cadena Al Jazeera en manos de las TZAHAL o Fuerzas de Defensa Israelí (lo de defensa léase siempre irónicamente), corría el mes de Mayo de 2022, más de un año antes del 7 de Octubre. Y al asimilar como nazis a los sionistas, lo que estaba haciendo era retratar a una fuerza de ocupación que hace de la muerte, el apartheid, el racismo, supremacismo y arbitrariedad su razón de ser.

El gobierno del ente israelí no reconoció el crimen de sus fuerzas hasta que una investigación de Naciones Unidas así lo determinó. Lo que pretendía el ente ocupante era instalar la idea de un atentado de Hamás.

Lo que hizo Bodart entonces fue denunciar esa situación y calificar al ente israelí como lo que hoy ya nadie duda: una fuerza de ocupación que superando las “cualidades” del ejército nazi es autor del mayor genocidio que registra la historia de la humanidad en lo que va del siglo veintiuno.

Es tan certera la denuncia de Bodart.  Transcribimos a continuación lo que el investigador y pensador italiano, Enzo Traverso, sostiene en su imprescindible obra “Gaza ante la Historia” para demostrar lo que el ente usurpador hizo en los últimos veinte de los setenta y siete años que lleva su ilegítima ocupación. 

“Desde la retirada de Israel en 2005, la Franja de Gaza ha sufrido constantes ataques por parte del Tzahal que se han saldado con miles de muertos: 1400 en 2008 (frente a 13 israelíes), 170 en 2012, 2.200 en 2014. El 30 de Marzo de 2018 una gran manifestación pacífica contra el bloqueo de la Franja acabó en masacre: 189 muertos y 6.000 heridos. En 2023, entre el 1 de Enero y el 6 de octubre, el Tzahal ya había matado a 248 palestinos en los territorios ocupados y detenido a 5.200. Entre 2008 y el 6 de octubre de 2023, el Tzahal mató a más de 6400 palestinos de ellos, más de 5.000 en Gaza e hirió a 158.440 mientras que las víctimas israelíes de las acciones de Hamás y otros grupos islámicos fueron 310 y los heridos 6.4601”.

Sin perjuicio de esta información que fue publicada el 12 de octubre de 2023 (a cinco días de la operación de Hamás) cualquiera que revíse la historia completa de la ocupación sionista sabrá que fueron 26 las masacres que el ente ocupante llevó a cabo sobre población civil indefensa.

Sin contar la enorme cantidad de desaparecidos cuyos restos permanecen bajo las ruinas, una información muy seria del ministerio de salud palestino y respaldado por Naciones Unidas ubica en aproximadamente 60 mil las muertes ocasionadas por el ente ocupante.

A finales de junio, las autoridades sanitarias del territorio palestino publicaron un documento de 1.227 páginas en el que se identificaba a las víctimas de la tragedia. Hasta el 24 de junio de 2025, el 31% de los fallecidos en esta lista eran menores de edad, ocho murieron el mismo día que nacieron y cuatro al día siguiente. Un cálculo de la prestigiosa revista científica The Lancet2 multiplica por tres estas cifras.

Es cierto que el concepto genocidio es propio del ámbito jurídico y se impone ser extremadamente rigurosos a la hora de endilgar tan execrable delito. En la Convención de la ONU del año 1948 se halla la definición que torna incuestionable la imputación a Netanyhau y su ministro Galant (la Corte Penal Internacional primero adviritió sobre el riesgo de estar violando esa Convención y en Noviembre pasado dictó la orden de detención de ambos delincuentes).

Pero qué dice la Convenciòn violada por el ente israelí? En su artículo II expresa que se entiende por genocidio “cualquier acto cometido con la intención de destruir total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, religioso, como tal”. Y hasta esa misma norma describe el proceso genocida: 1) matanza de los miembros del grupo, 2) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; 3) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; 4) impedir los nacimientos en el seno del grupo”.

Como cita Feierstein en su “Introducción a los estudios sobre genocidio”, las matanzas masivas de población en su concepción clásica se llevaban a cabo en busca de recursos y territorios.

“Sin embargo, el concepto de genocidio surgió para diferenciar esa modalidad clásica de la decisión de organizar una campaña sistemática para eliminar a grupos enteros de población, con el objetivo de erradicarlos del planeta y/o de utilizar el terror para disciplinar al conjunto social. Esa es la modalidad moderna”.

Lo paradójico en nuestro caso es que el concepto moderno proviene de un jurista polaco de religión judía llamado Raphael Lemkin quien en el libro “El dominio del Eje en la Europa ocupada” le agrega un elemento trascendente a la hora de describir el genocidio.

Tiene dos partes: La primera es la destrucción de la identidad nacional del grupo oprimido (en Gaza los objetivos de Universidades, Mezquitas, Profesores, hombres y mujeres de ciencia, de artes, etc. han constituido la primera etapa del genocidio), la otra es la imposición de la identidad nacional del opresor, que es la finalidad pretendida por el ente ocupante.

¿Quién puede dudar que el caso Palestino es un moderno genocidio de manual?

Algo similar cuenta para la causa de Vanina Biasi. El mismo modus operandi. Declara en solidaridad con el pueblo palestino, repudia y denuncia la atrocidad del ente ocupante, revela la naturaleza del dominio capitalista que representa. Entonces la DAIA la denuncia. Aunque esta vez ante una justicia de rango excepcional como lo es la justicia Federal, la de Comodoro Py pero bajo la misma imputación: violación al art. 3 de la Ley 23592 por antisemitismo.

Más de un ingenuo pensó que como la causa recayó en el Juzgado 6 del juez Rafecas, derivaría por un sendero de racionalidad. Se equivocaron y mucho.

La colonización del Poder Juidicial por parte de la DAIA es una tarea de reclutamiento incondicional de magistrados dispuestos a poner su firma en cualquier resolución que implique prohibir el derecho a la expresión, a la opinión y a la defensa irrestricta de un valor universal como es la vigencia de DDHH. La colonización del poder judicial tiene por objeto blindar al ente usurpador y genocida denominado Estado de Israel. 

La colonización choca algunas veces con hombres y mujeres que enaltecen el servicio de justicia generalmente ubicados en lugares de menor incidencia procesal. Por caso los Dres. Cruz Casas y Natalia Molina. No es lo mismo un juez de primera instancia en fueros ordinarios y su independencia de criterio que aquellos que en muchos casos ocupan sitios de revisión o resolución de instancias superiores y/o fueros de excepción. La colonización apunta a todos, pero preferentemente a estos últimos que son los que determinan la trascendencia del proceso.

El daño institucional en el que desemboca no parece importarle al colonizador. Lo grave es que menos le importa al colonizado.

¿Por qué lo hacen? Eso ingresa en el terreno de las especulaciones, ya que nadie abiertamente va a dar su razón. Algunos conservan un poco de vergüenza. Habrá convencidos seguramente. Y ese convencimiento puede venir de mimetizarse con el ente genocida. A cambio de qué sería la siguiente pregunta.

El Juez Fiumara, por ejemplo, opera de testigo volante de la querella. También pueden estarlo como producto de la ignorancia o pereza intelectual que registran. La oposición de la señora fiscal al sobreseimiento de Bodart en primera instancia se apoyó “en la necesidad de hacer el juicio oral para saber más del tema” ( de la fiscal Scanga en la audiencia por zoom que seguramente ha de estar entre los efectos de la causa original). Lo determinante es cómo se utiliza la justicia penal para disciplinar.

Utilizar un criterio de derecho penal expansivo, en el que lejos de determinar claramente cuál es la conducta violatoria de la ley se habilita la inferencia de la inferencia es violatorio de normas constitucionales y principalmente de los pactos internacionales que son ley de la Nación Argentina.

Hemos escuchado a fiscales y leído fallos de jueces en la causa Bodart en donde se dijo algo parecido a esto: “Sostener como sostiene Bodart que Palestina debe ser libre del río al mar es apoyar la eliminación del estado de Israel y por ende querer exterminar a su población”. Si hay algo que ya no asombra es la inventiva de los operadores judiciales a la hora de argumentar en pos de una pena. 

El derecho de opinión y de expresión sobre causas con tremendo impacto humano les está vedado a dos dirigentes políticos de intachable trayectoria cuya obligación es expedirse en repudio incondicional de un genocidio. Dos dirigentes políticos, además, de un país que puede dar fe de lo que significa ese modo moderno que adquirieron las matanzas masivas.

Se dice que la intromisión de la justicia penal ha de ser siempre con criterio de última ratio. Esa última razón que debe intervenir porque se sobreentiende que fracasaron todas las alternativas previas. No pasa en estas causas. El proceso penal es la única instancia que se abre.

Llama la atención que los jueces argentinos ignoren el antecedente Kimel de la CIDH, el fallo en el que claramente se dice que si la intervención no es mínima y además no tiene el criterio de última razón de intervención es violatoria de los arts. 9 y 13.1 de la Convención de DD.HH.3

Para los jueces argentinos que llevan adelante estas causas “los pensamientos delinquen”. De otra manera debieran condicionar el derecho penal al constitucional. La vulneración al derecho de opinión de dos caracterizados dirigentes políticos es absoluta.

Pero la colonización judicial no responde a un arbitrio o a una ocurrencia de carácter mafioso por parte de la DAIA. Tiene una clara finalidad política y ella viene diseñada desde lo más alto de la “gobernanza” sionista.

Un ente genocida necesita de legitimación para evitar caer en las redes de una maltratada justicia internacional. Sus operadores cómplices o brazos extendidos no pueden permitirse discutir Palestina en otros términos que no sean “somos el Pueblo elegido”. Cualquier rasgo de racionalidad los dejaría fuera de juego. Porque discutir Palestina es habilitar la disputa anticolonialista.

Se caerían inmediatamente las máscaras del sionismo que son las del antisemitismo trucho y se ingresaría en una discusión que seguramente acabe con su condena.

Se trata de una causa del sur global en tanto y en cuanto Palestina es la causa de los pueblos oprimidos no por una religión, sino por un enemigo común, imperial y capitalista.

Discutir Palestina expone el genocidio en tanto se discutiría el supremacismo de quienes invocan ser “el pueblo elegido”, el racismo (los palestinos son infrahumanos dicen funcionarios del ente ocupante Estado de Israel, y en Argentina el Vicepresidente de la DAIA llegó a sostener que los únicos inocentes en Palestina serían los niños menores de 4 años). De este modo la vida de los palestinos no cuenta y por ende se puede disponer de ellas.

Discutir Palestina los deja en evidencia frente a los judíos de verdad que sostienen con hidalguía el Nunca Más del Holocausto. Que no admiten rebajar la condición humana y mucho menos que se lo haga en su nombre.

Por eso la colonización judicial es indispensable. Se trata de callar las voces disidentes. Disciplinar como primera ratio. La colonización judicial tan importante como la mediática.

Pero hay algo que ignoran y si no lo ignoran lo relativizan y es que las causas de Bodart o de Biasi no son causas de los nombrados, sino causas colectivas. ¿Hasta dónde podrán llegar con ellas? Ellos tienen límites procesales, la calle no.

Hay una creciente movilización popular. Una marea Palestina se ha desparramado a lo largo y ancho del país. Lo que pretenden en la opacidad de los oscuros despachos se verá desarticulado por la furia desatada en las calles.

Netanyahu y sus socios (inclusive el falso profeta argentino) tan proclives a las citas bíblicas, deberían conocer lo que le espera a los genocidas y a sus cómplices cuando quieran asomar sus desdichadas existencias:

«Cualquiera que padezca una enfermedad tan contaminante debe vestir ropas rasgadas, llevar el cabello despeinado, cubrirse la parte inferior del rostro y gritar: “¡Inmundo! ¡Inmundo!”».

Creo que es un pasaje de Corintio. Que ellos averigüen, lo nuestro es el cese del fuego inmediato y el derecho a una Palestina Libre del río al mar.

Ismael Jalil

Mendoza. Argentina. Julio 2025


  1. https://archive.ph/2023 1012194834/https://ochaopt.org/data/casualties, UN Office for the Coordination of Humanitarian Affairs ↩︎
  2. https://www.rfi.fr/es/oriente-medio/20250708-franja-de-gaza-el-n%C3%BAmero-de-muertos-superar%C3%ADa-con-creces-las-cifras-oficiales ↩︎
  3. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_177_esp.pdf ↩︎

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