Tres colegios de abogados criticaron duramente al juez civil y comercial federal Alejandro Maraniello por haber prohibido la difusión de audios de la secretaria general de la presidencia, Karina Milei: «constituye un grave acto de censura previa prohibido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, que debe ser repudiado enfáticamente pues agravia uno de los pilares de nuestra democracia constitucional: la libertad de expresión».
Se trata de un documento firmado por Ricardo Gil Lavedra, Rosalía Silvestre y Juan Pablo Zanetta, presidentes de los Colegios Públicos de la Abogacía de la Capital Federal, del Colegio de Abogados de la Ciudad y de la Asociación de Abogados de Buenos Aires.
El juez Maraniello aceptó ayer una medida cautelar que presentó Milei para que no se puedan pasar audios suyos que fueron grabados sin su autorización en una reunión en Casa Rosada el año pasado. Por eso hecho, el gobierno nacional presentó una denuncia penal por espionaje contra los periodistas que difundieron los audios.
«La decisión configura un claro supuesto de censura previa, abolida por la Constitución Nacional en sus artículos 14 y 32, e incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN). Dichas normas garantizan que la libertad de expresión no puede ser nunca inhibida, admitiendo solo responsabilidades ulteriores», señalaron las entidades de abogados sobre la decisión del juez civil y comercial federal, que es investigado en por lo menos cinco causas de abuso sexual a empleadas de su tribunal.
Los colegios recordaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación remarcó en muchos fallos que «la libertad de expresión ocupa un lugar preferente en el sistema republicano y que toda limitación debe ser de interpretación restrictiva».
Las entidades resaltaron que la libertad de expresión no es solo para los medios de comunicación «sino también el derecho colectivo a recibir información sobre asuntos de interés público».
«El periodismo cumple un rol esencial en ese proceso, que requiere plena vigencia del secreto profesional y de la confidencialidad de las fuentes informativas. Sin esas garantías, la investigación periodística se vería severamente afectada y con ella el derecho de la ciudadanía a conocer hechos relevantes», agregaron.