El Gobierno nacional implementó una nueva medida de desregulación administrativa que impacta directamente en el sector agroindustrial. A través de la Resolución 28/2026, firmada por el secretario de Agricultura, Sergio Iraeta, se eliminó el requisito de acreditar habilitaciones municipales o provinciales para inscribirse o mantenerse en varios registros y regímenes de alcance nacional.
Objetivo: reducir la burocracia
La disposición, publicada en el Boletín Oficial, tiene como propósito central reducir la carga administrativa y los costos burocráticos que enfrentan los productores. Según el texto de la norma, la exigencia de presentar autorizaciones locales en trámites nacionales generaba una duplicidad de requisitos y documentación, constituyendo un obstáculo para la actividad.
Falta de homogeneidad entre jurisdicciones
Entre los argumentos esgrimidos, se destaca la heterogeneidad de los regímenes de habilitación locales. La gran variedad de requisitos y procedimientos entre diferentes municipios y provincias dificultaba su incorporación como un documento estandarizado en los procesos a nivel nacional.
Sectores específicos alcanzados
La medida abarca a varios segmentos clave de la agroindustria. Uno de ellos es el de los establecimientos productores de huevos fértiles y aves de un día, incluyendo aquellos certificados como «Libres de Patógenos Específicos», que ya no deberán adjuntar la habilitación municipal en sus trámites ante el registro nacional.
Asimismo, la eliminación del requisito se aplica al Registro de Fabricantes Locales de fertilizantes químicos. Para la inscripción en este padrón, la acreditación de permisos locales deja de ser un documento obligatorio.
Cambios en el sector pesquero
El ámbito pesquero también se ve afectado por la resolución. Se introdujeron modificaciones en el Registro de la Pesca, creado por la Ley 24.922, suprimiendo la necesidad de presentar habilitaciones provinciales o municipales para operar. Los establecimientos industriales y comerciales deberán inscribirse en el registro nacional, pero sin tener que acreditar esas autorizaciones locales en el trámite ante la Nación.
Controles sanitarios y marco normativo
Es importante destacar que, en ciertos casos, la exigencia de habilitación local es reemplazada por documentación emitida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), manteniendo así los controles sanitarios necesarios.
La resolución se enmarca en un proceso más amplio de desregulación impulsado por el Gobierno, alineado con decretos como el 70/2023 y el 90/2025, que promueven la eliminación de restricciones y normativas redundantes para el sector productivo.
Las autoridades remarcaron que esta simplificación documental no implica una relajación de los controles de fondo. El texto es explícito al señalar que la medida no exime a los productores y empresas del cumplimiento de la normativa nacional, provincial o municipal vigente. Deberán seguir cumpliendo con las regulaciones locales, aunque ya no tendrán que presentar pruebas de ello en los trámites ante los organismos nacionales.
