La Audiencia Provincial de Oviedo revocó una sentencia previa y permitió que una pareja de abuelos tenga contacto supervisado con sus nietos, tras evaluar que pueden aportar beneficios a su desarrollo.
La Audiencia Provincial de Oviedo ha resuelto, tras años de conflictos familiares, permitir que una pareja de abuelos vuelva a tener contacto con sus nietos. La resolución, con fecha del 6 de mayo de 2026, revocaba una sentencia previa que les impedía relacionarse con los menores.
Por decisión del tribunal, los abuelos podrán ver a su nieta un sábado al mes durante dos horas en el Punto de Encuentro Familiar de Oviedo, ubicado en el n.º 1 de la calle Juan Antonio Álvarez Rabanal, bajo supervisión de un equipo técnico. También tendrán derecho a una videollamada de quince minutos a la semana.
El equipo técnico informará cada tres meses al juzgado sobre la evolución de la relación. Si al cabo de un año se observa que esta es positiva para el menor, podrían ampliarse las visitas, medida que responde al “interés de los menores”, según el tribunal.
El conflicto se originó en acusaciones de la madre contra los abuelos. La mujer presentó un informe psicológico que detallaba episodios de “gritos, discusiones y golpes” durante su infancia. En el documento, la psicóloga describió “síntomas intensos, coherentes con pacientes que han atravesado situaciones de negligencia y maltrato familiar”.
Otro informe señaló que la madre no sufre alteraciones mentales, pero existe una “relación problemática con los progenitores por crianza negligente y falta de cuidado”, advirtiendo de un “importante riesgo” en autorizar el contacto. Pese a ello, la Audiencia indicó que ambos informes parten de la experiencia de la madre y recomendó una evaluación independiente a los abuelos.
La pericia encargada por la defensa de los abuelos determinó que “no existen trastornos en la esfera de la personalidad ni psicopatológicos” en ellos, y que “pueden aportar beneficios al desarrollo emocional y social de los nietos”. La psicóloga recomendó un contacto gradual y supervisado, y afirmó que “no existe el menor riesgo para los niños”.
La madre y su pareja alegaron control y acoso, incluso la contratación de un detective privado. El tribunal, tras revisar mensajes de WhatsApp, no halló pruebas de persecución, sino “un claro disgusto” por el distanciamiento. Los jueces recordaron que no es adecuado negar el contacto por una mala relación previa, salvo incapacidad demostrada.
En cuanto al segundo nieto, nacido durante el proceso, el tribunal dejó en manos del equipo psicosocial la decisión sobre el régimen de visitas. El sistema se revisará cada año y, si el impacto es positivo, podría ampliarse a un sábado completo al mes y a una semana durante vacaciones. Las llamadas telefónicas seguirán bajo control de los padres.
El tribunal insistió en que todas las medidas deben priorizar el “interés superior del menor”. Se consideró recomendable la mediación familiar. La resolución no impone costas y permite recurrir al Tribunal Supremo.
