domingo, 11 octubre, 2026

La Corte Suprema suspendió el artículo 154 del DNU 70/2023 que derogó la Ley de Tierras

El 9 de octubre, la Corte Suprema de Justicia suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras 26.737. La medida se dictó en la causa «Árbol de Pie», promovida por ambientalistas, comunidades indígenas y una legisladora rionegrina. Días antes, el 29 de septiembre, el tribunal había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional esa derogación en la causa del Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim).

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras 26.737. La decisión se adoptó el 9 de octubre en el marco de la causa «Árbol de Pie», promovida por ambientalistas, comunidades indígenas y una legisladora de Río Negro.

La medida cautelar interina fue dispuesta por dos jueces de la Corte y dos conjueces sorteados. En la resolución, el tribunal ordenó «suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar».

Diez días antes, el 29 de septiembre, la Corte Suprema había revocado la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras en la causa promovida por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim). Según el tribunal, el Cecim no estaba legitimado para actuar porque la soberanía que invocó no constituye un bien colectivo. Con esa decisión, quedó firme la derogación del artículo 154.

La causa «Árbol de Pie» había llegado a la Corte en 2024 vinculada a la del Cecim, por reclamar el mismo objeto. En su resolución del 9 de octubre, la Corte aclaró que lo decidido «de ninguna manera puede ser considerado como un apartamiento o una modificación de criterio». No declaró inconstitucional el artículo 154 ni restituyó la ley 26.737, sino que otorgó una vigencia provisoria hasta que un juez inferior se pronuncie.

La medida se conoció días antes del 15 de octubre, fecha en que la Cámara de Diputados puede rechazar el DNU 70/2023. El artículo 154 es uno de los puntos cuestionados del decreto.

En la causa Cecim, la Corte había afirmado que su fallo «no supone abrir juicio» sobre la validez del artículo 154. En la causa «Árbol de Pie», en cambio, suspendió sus efectos. La Corte justificó la diferencia en que se trataba de «circunstancias concretas diferentes».

La mayoría de cuatro jueces —el quinto votó en disidencia parcial— invocó el derecho a obtener «una respuesta judicial en tiempo oportuno» y la protección del ambiente como bien colectivo. El expediente de «Árbol de Pie» llevaba más de dos años en la Corte.

La Ley 26.737, sancionada en 2011, limitaba la propiedad extranjera de tierras rurales. El artículo 154 del DNU 70/2023, dictado en diciembre de 2023, la derogó. La causa judicial continúa.

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