El escándalo en San Lorenzo alrededor de la acusación contra Marcelo Moretti por una supuesta coima de U$S 25.000 que salió a la luz por una investigación periodística llegó formalmente a la Justicia, al darse a conocer una denuncia por parte de dirigentes opositores.
Luego de la que situación estallara a nivel nacional, además de que fue la AFA quien le abrió un expediente para investigar la situación, los abogados César Adrián Francis y Christian Amaury Mera denunciaron penalmente a Moretti.
Los letrados exponen que el presidente del Cuervo estaba “reunido con varias personas en la propia oficina del Presidente sita en la sede social en Avenida La Plata 1794, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en circunstancias en que una mujer, quien resulta ser la madre de un jugador de las divisiones inferiores, le hace entrega de, según lo exhibido en el graph del programa U$S 25.000”.
Dentro de la misma citan el inciso 7mo del artículo 173 del Código Penal, donde se tipifica que «el que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de estos».
El artículo 173 está encuadrado en el Capitulo IV, titulado «estafas y otras defraudaciones«, dentro del Título VI («delitos contra la Propiedad») y, en caso de ser encontrado culpable, Moretti se enfrentaría a una pena entre un mes a seis años de prisión, lo cual queda estipulado en el Art. 172.
En la misma denuncia, por el momento, solamente se cuentan los hechos visualizados en Canal 9. Pero ante la ley, Francis y Amaury Mera solicitan que los jueces investiguen la situación hasta las últimas consecuencias: “Por lo expuesto y en virtud de la posible comisión de ilícito, el cual podría encuadrarse dentro de la figura típica dispuesta en el art. 173, inc. 7mo. del Código Penal de la Nación amén de otras tipificaciones que pudieran surgir, solicito a V.S quiera dar al presente trámite de ley. Proveer de conformidad, que será justicia”
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