La Asociación Civil Será Justicia se presentó como Amicus Curiae ante la justicia para oponerse a la reelección consecutiva del camarista Diego Barroetaveña. Mientras, el Consejo de la Magistratura convocó a elecciones de abogados para el 20 de octubre de 2026.
La Asociación Civil «Será Justicia» se presentó como Amicus Curiae ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 6 para solicitar el rechazo de la demanda y de la medida cautelar presentada por el camarista Diego Barroetaveña, quien busca habilitar su reelección consecutiva como consejero juez en el Consejo de la Magistratura de la Nación.
Paralelamente, el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación convocó a los abogados con matrícula federal a participar de las elecciones que se realizarán el 20 de octubre de 2026, según lo publicado en el Boletín Oficial. Los cargos a elegir tendrán mandato desde 2026 hasta 2030. Actualmente, representan a los abogados Jimena de la Torre, Alberto Maques, Fernanda Vázquez y César Grau.
El Consejo de la Magistratura es el organismo encargado de proponer, sancionar y destituir jueces. En los términos previstos por el reglamento, se convocó a los profesionales con matrícula federal activa al 17 de julio de 2026 a participar de los comicios para el período 2026-2030. Se cubrirán cuatro cargos de consejeros titulares, de los cuales al menos dos deberán ser mujeres e incluir, por lo menos, dos abogados de la matrícula federal del interior del país y, por lo menos, un abogado de la matrícula federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de un suplente del mismo género que el titular para cada cargo.
El escrito de Será Justicia está firmado por Inés Arias, María Eugenia Talerico, Raúl Daniel Aguirre Saravia, Guillermo Lipera, Diego Calvo Suárez y Valeria Biagioni Parrella. Sostiene que «el planteo no constituye una simple controversia electoral, sino que plantea una cuestión de trascendencia institucional, ya que procura dejar sin efecto una prohibición que surge con claridad del artículo 3° de la Ley 24.937, vigente tras la reforma introducida por la Ley 26.855». Dicha disposición establece que los consejeros solo pueden ser reelegidos «con intervalo de un período».
Según la presentación, admitir la interpretación que pretende el juez Barroetaveña «implicaría alterar las reglas de alternancia previstas por el legislador y abrir un precedente que permitiría la permanencia sucesiva en cargos de enorme relevancia institucional, precisamente dentro del órgano encargado de seleccionar, disciplinar y acusar a los jueces de la Nación».
El escrito añade que la sentencia de la Corte Suprema en el caso «Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires» nunca declaró inválido el régimen legal sobre duración de mandatos y reelección de los consejeros, sino únicamente aspectos vinculados con la integración y funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Por ello, «considera jurídicamente improcedente utilizar ese precedente para revivir una norma derogada o eliminar una restricción que el Congreso mantuvo plenamente vigente».
