El Gobierno reorganizó el Renar y ahora funcionará como un organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad. Al Registro Nacional de Armas se le asignaron competencias para registrar, autorizar, controlar y fiscalizar actividades relacionadas con armas, municiones y artefactos explosivos.
El Gobierno nacional, mediante el Decreto 770/2026 publicado en el Boletín Oficial, dispuso que el Registro Nacional de Armas (Renar) pase a funcionar como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional. La medida, firmada por el presidente Javier Milei y todos sus ministros, establece una nueva estructura, conducción y atribuciones para el organismo.
Según el texto oficial, el Renar tendrá entre sus objetivos «prevenir y combatir la violencia armada y el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y materiales relacionados». El organismo estará encabezado por un director ejecutivo con rango y jerarquía de secretario, y un subdirector con rango y jerarquía de subsecretario, ambos designados por el Poder Ejecutivo.
El decreto detalla las funciones del ente en materia de armas, municiones y artefactos explosivos, que incluyen la registración y fiscalización; la fabricación y comercialización; la adquisición, transferencia y traslado; los controles de tenencia y portación; la importación, exportación y tránsito; los secuestros, incautaciones y decomisos; y la destrucción de materiales controlados.
Además, el Renar tendrá bajo su órbita al Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos, el Registro Único de Información y un banco nacional informatizado de datos. La reorganización no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.
El anexo del decreto incorpora al Renar en la categoría de «Organismos Desconcentrados» del Ministerio de Seguridad Nacional, junto a la Agencia Federal de Emergencias, el Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, la Policía Federal y la Prefectura Naval. El organismo no adquiere el mismo rango de las fuerzas de seguridad, pero comparte la categoría administrativa.
El director ejecutivo tendrá a su cargo la conducción y representación del organismo, podrá imponer sanciones administrativas a personas físicas y jurídicas sometidas a su control, y dictar actos administrativos generales y particulares para aplicar e interpretar el régimen sobre armas de fuego, materiales controlados y explosivos de uso civil. También podrá disponer medidas preventivas o cautelares, como la suspensión preventiva de autorizaciones o habilitaciones y la inmovilización administrativa de materiales controlados.
En julio de 2025, mediante el decreto 445/2025, el Gobierno había reconvertido la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) en el Registro Nacional de Armas, creado en 1975 como órgano de aplicación de la ley nacional de armas y explosivos 20.429, promulgada en 1973.
La reposición del Renar se inscribió en una serie de medidas adoptadas por la administración Milei para desregular el mercado de armas, entre las que se incluyen la eliminación del periodo de oposición de 15 días para quienes objeten a quien pretenda obtener o renovar su permiso de tenencia de armas, la simplificación de la renovación de la condición de Legítimo Usuario (LU), la disponibilidad de la credencial digital, la baja de 21 a 18 años como base para la obtención de la LU, la autorización de tenencia controlada de fusiles de asalto semiautomáticos y la eliminación de la tasa anual para entidades de tiro, cazadores y usuarios comerciales y colectivos.
